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Convencion sobre refugiados
Artículo 31 de la convención sobre los refugiados
A nivel mundial, el número de refugiados bajo el mandato del ACNUR se ha duplicado, pasando de 10,4 hace una década a 20,7 millones. Esta cifra no incluye los 5,7 millones de palestinos atendidos por el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente y los 3,9 millones de venezolanos desplazados en el extranjero. Se calcula que el 76% de los refugiados se encuentran en una situación prolongada con pocas perspectivas de llegar a una solución duradera en forma de retorno voluntario, reasentamiento o integración local, como propugna la convención.
Los conflictos no resueltos y persistentes les han impedido durante mucho tiempo regresar a sus hogares. Según ACNUR, solo 3,9 millones de refugiados pudieron regresar a sus hogares entre 2010 y 2019, frente a los casi 10 millones entre 2000 y 2009 y los 15,3 millones de la década de 1990. En 2020 esta cifra era de sólo 250.951. La integración local formal en forma de ciudadanía ha sido una rareza: solo hubo 33.746 naturalizaciones de refugiados en 2020. El reasentamiento, un pilar de la convención de 1951 y del reparto de la carga con los países que acogen a los refugiados, tampoco ha ido bien. En los últimos años, las cuotas de reasentamiento han disminuido considerablemente, lo que ha hecho que ACNUR no pueda cumplir su tradicional objetivo de encontrar plazas de reasentamiento para al menos el 1% de la población mundial de refugiados. En 2019, 107.800 refugiados fueron reasentados en terceros países; en 2020, solo 34.400, y los reasentamientos en Estados Unidos cayeron de 27.000 a 9.600.
Convención sobre los refugiados pdf
La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, también conocida como Convención sobre los Refugiados de 1951 o Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951,[2] es un tratado multilateral de las Naciones Unidas que define quién es un refugiado y establece los derechos de las personas a las que se concede asilo y las responsabilidades de las naciones que lo conceden. La Convención también establece qué personas no tienen derecho a ser refugiados, como los criminales de guerra. La Convención también prevé algunos viajes sin visado para los titulares de documentos de viaje para refugiados expedidos en virtud de la Convención.
La Convención sobre los Refugiados se basa en el artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, que reconoce el derecho de las personas a buscar asilo contra la persecución en otros países. Un refugiado puede disfrutar de derechos y beneficios en un Estado además de los previstos en la Convención[3].
En general, los derechos creados por la Convención siguen vigentes hoy en día. Algunos han argumentado que la compleja naturaleza de las relaciones con los refugiados del siglo XXI exige un nuevo tratado que reconozca la naturaleza cambiante del Estado-nación, los migrantes económicos, los desplazamientos de población, los migrantes medioambientales y las guerras modernas[4][5] No obstante, ideas como el principio de no devolución (no retorno de los refugiados a países peligrosos) (artículo 33) siguen aplicándose hoy en día, siendo la Convención de 1951 la fuente de tales derechos.
Artículo 1 de la convención sobre los refugiados
La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, también conocida como Convención sobre los Refugiados de 1951 o Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951,[2] es un tratado multilateral de las Naciones Unidas que define quién es un refugiado y establece los derechos de las personas a las que se concede asilo y las responsabilidades de las naciones que lo conceden. La Convención también establece qué personas no tienen derecho a ser refugiados, como los criminales de guerra. La Convención también prevé algunos viajes sin visado para los titulares de documentos de viaje para refugiados expedidos en virtud de la Convención.
La Convención sobre los Refugiados se basa en el artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, que reconoce el derecho de las personas a buscar asilo contra la persecución en otros países. Un refugiado puede disfrutar de derechos y beneficios en un Estado además de los previstos en la Convención[3].
En general, los derechos creados por la Convención siguen vigentes hoy en día. Algunos han argumentado que la compleja naturaleza de las relaciones con los refugiados del siglo XXI exige un nuevo tratado que reconozca la naturaleza cambiante del Estado-nación, los migrantes económicos, los desplazamientos de población, los migrantes medioambientales y las guerras modernas[4][5] No obstante, ideas como el principio de no devolución (no retorno de los refugiados a países peligrosos) (artículo 33) siguen aplicándose hoy en día, siendo la Convención de 1951 la fuente de tales derechos.
Cita de la convención de refugiados de 1951
Rhona Smith no trabaja, asesora, posee acciones o recibe financiación de ninguna empresa u organización que pueda beneficiarse de este artículo, y no ha revelado ninguna afiliación relevante más allá de su nombramiento académico.
Donald Trump habría recibido una llamada telefónica de la canciller alemana Angela Merkel tras el anuncio de su orden ejecutiva de suspensión del Programa de Admisión de Refugiados de Estados Unidos durante 120 días. Durante su conversación parece que Merkel tuvo que explicar la Convención de Ginebra a su recién elegido homólogo estadounidense.
La decisión de Trump de suspender el programa, así como de prohibir la entrada a extranjeros procedentes de Irak, Siria, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen durante 90 días, es realmente muy cuestionable en términos de derecho internacional. Así que aquí va una breve guía para quien se encuentre repentina e inesperadamente a cargo de uno de los mayores sistemas de inmigración del mundo.
Merkel habrá recordado a Trump que Estados Unidos es parte del Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967. Este prescribe la aplicación continua de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, que se adoptó para hacer frente a las secuelas de la Segunda Guerra Mundial. Esa convención original se acordó en Ginebra, por lo que a veces se la conoce como la Convención de Ginebra.
Periodista del GRUPO BNLIMITED N.W. Cubriendo todo tipo de noticias para diariovelez.com en España. Si deseas comunicarme una noticia de última hora, un suceso o alguna información que crees que es relevante, puedes hacerlo en [email protected]