Que pasa con los ertes

¿hay que devolver el erte?

Además, es posible prorrogar hasta el 28 de febrero de 2022 los ERTE2 de Fuerza Mayor que estuvieran vigentes a 30 de septiembre de 2021, que incluyen los distintos tipos de ERTE de Fuerza Mayor establecidos por la ley (Art. 22 Real Decreto-Ley 8/2020; interrupción o limitación de la actividad).

No obstante, para que dichas prórrogas sean efectivas, las empresas afectadas deberán presentar una solicitud a tal efecto entre el 1 y el 15 de octubre de 2021, acompañada de determinada documentación. Si no se presenta dicha solicitud con la documentación requerida antes de la fecha límite, se entenderá que el ERTE en cuestión se extingue el 31 de octubre de 2021.

No obstante, para que dicha prórroga sea efectiva, las empresas afectadas deberán presentar también una solicitud a tal efecto entre el 1 y el 15 de octubre de 2021, acompañada de determinada documentación. Si no se presenta dicha solicitud con la documentación requerida antes de la fecha límite, el ERTE se considerará extinguido el 31 de octubre de 2021.

No obstante, para que dicha prórroga sea efectiva, las empresas afectadas deberán presentar también una solicitud a tal efecto entre el 1 y el 15 de octubre de 2021, acompañada de determinada documentación. Si no se presenta dicha solicitud con la documentación requerida antes de la fecha límite, el ERTE se considerará terminado el 31 de octubre de 2021.

Erte fecha de pago

También se considerará que existe fuerza mayor en todos aquellos casos extraordinarios en los que se deba paralizar la actividad de la empresa como consecuencia del contagio de la plantilla o del aislamiento preventivo decretado por la autoridad sanitaria competente.

Los trabajadores afectados por el ERTE, cualquiera que sea su naturaleza, tendrán derecho a las prestaciones por desempleo. Este derecho se reconoce a todos los trabajadores, incluso a aquellos que no cumplan con el periodo mínimo de cotización (360 días en los últimos 6 años). Además, el periodo de percepción de la prestación no se imputará al total de las prestaciones de los derechos de desempleo.

Para el cálculo de las prestaciones correspondientes a cada trabajador, se tendrá en cuenta la remuneración percibida durante los últimos 180 días trabajados. Si el tiempo trabajado es inferior a esa cifra, se considerará el número de días trabajados antes de la suspensión del contrato.

No obstante, se anima a las empresas a implantar mecanismos de teletrabajo, siempre que sea posible por las características de cada puesto de trabajo. Para implantar esta medida se debe realizar una evaluación de riesgos tal y como establece el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Esquema de despido

A medida que se hace más evidente que la crisis del coronavirus en España creará importantes problemas para las empresas a largo plazo, muchas compañías están aprovechando el régimen de regulación temporal de empleo “ERTE” para recortar sus propios costes al tiempo que protegen los ingresos de sus empleadores.

El “ERTE” es un instrumento financiero que hasta ahora puede resultar desconocido para la mayoría de nosotros, pero que probablemente pasará a formar parte del vocabulario cotidiano de España en un futuro muy próximo. En esencia, permite a las empresas y compañías que se enfrentan a una crisis financiera temporal desprenderse de los costes de personal mediante el despido de la plantilla hasta que las condiciones cambien y sea factible volver a contratarlos, a la vez que proporciona beneficios a los trabajadores para que no se vean privados de sus ingresos, recibiendo una parte importante de sus ganancias normales de los fondos estatales de la Seguridad Social.

Al seguir contratados, los trabajadores no tienen derecho a una indemnización por despido. Esta es una de las principales características que diferencian el ERTE del ERE – un plan de despido permanente al que se accede cuando las empresas se enfrentan a dificultades insuperables que les obligan a despedir a la plantilla.

Prórroga del erte

En todo el año 2020, un total de 3,6 millones de trabajadores españoles de 550.000 empresas -principalmente pequeñas y medianas empresas (PYMES)- se han beneficiado del régimen, conocido en español como ERTEs (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), según informa EFE.

En caso de fraude o despido, las empresas deben devolver las exenciones de cotización a la Seguridad Social y se arriesgan a fuertes sanciones. Los beneficiarios de los regímenes de ERTE se consideran oficialmente empleados.

La semana pasada, el Gobierno español de izquierdas propuso sustituir el actual sistema de ERTE por un Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo (MSE) por un máximo de un año si se llega a un acuerdo con los representantes de los trabajadores, y sólo por seis meses si no hay acuerdo.

Esta semana, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz (Unidos Podemos), se reunirá con los principales sindicatos del país -Comisiones Obreras, CC.OO, y Unión General de Trabajadores, UGT- y con la principal patronal (CEOE) para discutir los detalles del nuevo plan de bajas laborales, que probablemente se aplicará a partir de enero de 2022.